viernes, 19 de febrero de 2016

CONTRATO LABORAL

CONTRATO DE TRABAJO

El contrato de trabajo puede darse cuando en una relación se encuentra reunidos los elementos que lo configuran. Es aquel por el cual una persona natural se obliga a prestar un servicio personal a otra persona natural o jurídica, bajo la continuada dependencia o subordinación de la segunda y a cambio de remuneración. Quien presta el servicio se le denomina trabajador; quien lo recibe y remunera es el empleador. Y la remuneración, cualquiera que sea su forma de salario.

Cuando hablamos de una “Persona Natural” nos referimos a todo individuo de la especie humana, sin importar cualquiera que sea su edad, estirpe o condición.



La “Persona Jurídica” es una persona ficticia capaz de ejercer derechos y contraer obligaciones y de ser representada judicial y extrajudicialmente a través de su gente o representante legal. 


TIPOS DE CONTRATOS


  • CONTRATO ESCRITO DE TRABAJO


Es aquel que consta en un documento firmado por las partes, en el cual están incluidas todas las condiciones del mismo. Es el más aconsejable para empleadores y trabajadores.
  • CONTRATO DE TRABAJO REALIDAD


Surge de lo que ocurre en la práctica independientemente de lo que se haya expresado en un documento, o de lo que la voluntad del empleador haya supuesto.




  • CONTRATO DE TRABAJO A TERMINO FIJO


Se utiliza generalmente en la vinculación de personas altamente técnicas o calificadas. Este contrato debe constar siempre por escrito y su duración no puede ser superior a tres (3) años, pero es prorrogable indefinidamente.

  • CONTRATO A TERMINO FIJO INTERIOR O UN AÑO


La ley 50 de 1990, en el numeral 2 del artículo 3º, estableció el contrato de trabajo a término fijo inferior a un 1 año, imprimiéndole como característica importante el hecho de que el trabajador vinculado con contrato de esta naturaleza tiene derecho a todas las prestaciones sociales y a vacaciones en forma proporcional, sea cual sea el termino laborado.

  • CONTRATO DE TRABAJO A TERMINO INDEFINIDO


Es el más común de los contrato. No requiere forma escrita, aunque es la más aconsejable para conveniencia de las partes. Tiene vigencia mientras subsistan las causas que le dieron origen a la materia del trabajo.
  • CONTRATO DE OBRA


Es muy común en las empresas de ingeniería o de montajes. Requiere que se parte por escrito y que en él se estipule con gran claridad la naturaleza de la obra o labor contratada. El empleador puede darlo por terminado una vez se haya finalizado la obra o labor contratada, o cuando se haya llegado al 80% de la totalidad.

  • CONTRATISTA INDEPENDIENTE


El contratista independiente es un verdadero empleador cuando siendo persona natural o jurídica, se obliga con otra, llamada beneficiario, a realizar una obra o labor determinada.

  • CONTRATO OCASIONAL O TRANSITORIO


Este es un contrato muy especial y del que conviene hacer un buen uso. Consiste en la ejecución de labores ajenas a las actividades normales de una empresa y cuya duración no puede exceder de treinta (30) días.

El trabajador solo tiene derecho al pago del valor acordado por sus servicios, y a que le suministren los primeros auxilios en caso de accidentes de trabajo. 

10 comentarios:

  1. Hola buenas tardes

    Me parece muy interesante este blog ya que de el vamos a aprender cada ves mas y nos ayudara para tener una guia, para defender nuestros derechos laborales.

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  2. Buenos días, es importante resaltar que tienes claro los conceptos de contrato laboral, donde traes a colación que es un acuerdo de voluntades, elementos esenciales, modalidades, obligaciones del trabajador y empleador, suspensión y terminación de contrato .

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  3. Buenos Días!

    Es muy a portante tu concepto sobre el contrato de trabajo, debemos tener también en cuenta que es un eje fundamental de los derechos humanos. Es el reconocimiento, respeto y promoción pero sobretodo es el sentido de propiedad de cada persona.

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  4. Buenos dias
    puedo concluir que los contratos de trabajo son muy valiosos en una relación de trabajo .Debemos de tener en cuenta que todos los contratos de trabajo son diferentes, solo se asemejan en unas y otras cosas, y lo que busca es el bienestar de ambas partes contratantes.

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  5. Buenos Días Sara
    Me parece muy interesante tu aporte, ya que de esto podemos aprender y diferenciar los diferentes tipos de contratos laborales.

    Muchas gracias por compartir tu aprendizaje

    Atentamente,
    María Paulina Flórez Hernández

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  6. Hola me parece muy interesante sus aportes ya que nos ayuda a en nuestra vida personal y laboral muchas gracias saris

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  7. Buenos dias sara
    tu aporte sobre el contrato laboral esta muy interesante ya el contrato laboral es muy importante en nuestro campo laboral muchas gracias

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  8. Buenos días, gracias por tu aporte me parece muy interesante e importante para nuestro aprendizaje pues nos ayuda a complementar más las información y así tener conocimientos en el tema de los contratos laborales.

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  9. Buenos días Me pareció que tuviste un buen concepto de estos contratos laborales ayudan a enriquecer nuestro conocimiento dia a dia.

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  10. buen dia, es muy importante el tema del contrato laboral siempre es bueno comparar y darnos cuenta de que hay muchas cosas que se nos pueden pasar por alto y persemos oportunidades en el campo laboral.

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